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Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedINBásicamente, sirven para designar y clasificar los vinos en España en función de la protección que tienen y de la normativa que cumplen.
Empecemos por la base de la pirámide, los Vinos de Mesa, para ir ascendiendo hasta la cúspide: los Vinos de Pago.
Vinos de Mesa. Están en el escalón más bajo de la clasificación regulada de los vinos. No pertenecen a ninguna Denominación de Origen y tampoco tienen por qué especificar ni la añada, ni la procedencia, ni la variedad de uva empleada. Ojo, porque sean vinos de mesa no quiere decir que no tengan calidad, pues este concepto abarca un gran abanico de vinos; pero desde luego sí son vinos que no ofrecen demasiada información al consumidor en su etiqueta.
Vino de la Tierra. Al igual que los vinos de mesa, no proceden de ninguna Denominación de Origen, pero sí pertenecen a una región determinada que tendrá unas características medioambientales o de cultivo que confieren a estos vinos un cierto carácter. Su normativa es, lógicamente, menos exigente que la de los vinos con Denominación de Origen. En España hay 41 zonas geográficas con la denominación Vino de la Tierra, que suele ser, junto a los Vinos de Calidad, el paso previo a pertenecer a la DO de la Región.
Vinos de Calidad con Indicación Geográfica (VC). Al igual que los Vinos de la Tierra, están producidos y elaborados en una región o localidad determinada, pero también, y a diferencia de los anteriores, las uvas deben tener la misma procedencia. Además, la producción, la elaboración y el envejecimiento del vino se debe realizar en esa zona.
Denominación de Origen (DO). Las D.O. designan y protegen el vino perteneciente a una zona determinada y su normativa es mucho más exigente que en los anteriores. En concreto, estos vinos deben haber sido elaborados en una región, comarca o localidad determinada con uvas procedentes de esa zona, además, deben gozar de un elevado prestigio comercial y es imprescindible que hayan pasado al menos 5 años como Vinos de Calidad con Indicación Geográfica. En España disponemos de 69 Denominaciones de Origen para el vino.
Denominación de Origen Calificada (DOCa). Además de haber pasado al menos 10 años como Denominación de Origen, deben comercializar todo el vino desde bodegas inscritas y ubicadas en la zona geográfica delimitada y contar con un riguroso sistema de control de calidad y cantidad. Actualmente en España sólo contamos con dos Denominaciones de Origen Calificadas: Rioja y Priorato.
Vinos de Pagos (VP): Es la máxima calificación administrativa que se le da a una bodega. Son vinos de reconocido prestigio originarios de un “pago”, es decir, de un paraje o lugar rural con características y microclima propios que lo diferencian y distinguen de su entorno. Si el pago está ubicado dentro de una denominación de origen calificada, podrá recibir el nombre de “pago calificado”. En España hay 14 vinos de pago.
Fuente: santacecilia.es
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