Entra en vigor el Reglamento europeo para productos cosméticos

Después de tres años y medio de transición, este jueves 11 de julio entra en vigor en su totalidad el Reglamento 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, que implica por primera vez en la historia una legislación de cosméticos única y obligatoria para toda Europa.

La nueva normativa, de la que ya se están aplicando algunos articulados, unifica los requisitos y garantías para toda la Unión Europea en referencia a los productos de perfumería y cosmética. Así, regula "exhaustivamente" todas las exigencias de ingredientes, notificación electrónica de puesta en el mercado, responsabilidades, etiquetado y condiciones de evaluación de la seguridad de todo cosmético.

"El Reglamento convierte a la legislación de cosméticos europea en la más avanzada del mundo y posiciona a la industria nacional y comunitaria en los más altos estándares de seguridad, transparencia y calidad de los productos", destacan desde la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética, Stanpa.

Fundamentalmente, destacan desde la asociación, "el Reglamento es derogar las discrepantes legislaciones nacionales y evolucionar y ahondar en algunos aspectos no específicamente determinados en la antigua Directiva, garantizando una interpretación homogénea en todos los países, con vistas a satisfacer las expectativas de un consumidor europeo exigente e informado". 

Desde Stanpa, que ha formado a más de 250 expertos en evaluación de seguridad de cosméticos en menos de tres años, destacan el liderazgo de la UE en este sector, donde España se sigue posicionando entre los cinco mercados más importantes del mercado europeo, con un consumo aproximado a los 7.000 millones de euros 

En la actualidad, la Unión Europea se encuentra a la cabeza y constituye el mayor mercado mundial de perfumería y cosmética, con un volumen de negocio de unos 71.000 millones de euros anuales, por delante de Estados Unidos (44.700 millones de euros al año) y China (24.800 millones de euros al año).

PILARES DE ACCIÓN 

El Reglamento establece un sistema centralizado, coordinado por la Comisión Europea, con la seguridad de los cosméticos como la principal prioridad; para ello, entre otras medidas, se armoniza la documentación técnica del cosmético, agrupándola bajo el denominado ´Expediente de Información de producto´. 

"Éste expediente completo de información y seguridad del producto ha de incluir toda la información relevante y pruebas toxicológicas ineludibles, y debe ser realizado por expertos en evaluación de seguridad de cosméticos", explican. 

Además, la utilización de ingredientes en cosmética se mantiene estrictamente regulada. El Reglamento establece que la fabricación de los productos cosméticos que se comercializan en Europa ha de efectuarse conforme a los estándares de Normas de Correcta Fabricación establecidos internacionalmente mediante la norma ISO 22716. 

"Esta referencia única armoniza las exigencias, aplicable tanto para los productos fabricados en la UE como para los que sean importados, pues deberán garantizar ese cumplimiento en beneficio del consumidor", afirman, al tiempo que destacan esta norma como una herramienta de competitividad para las empresas españolas. 

Por otra parte, se establecen nuevas responsabilidades para el distribuidor, que debe avalar la legalidad del producto en sus estanterías. Lo que significa que "de nada vale un correcto desarrollo del producto y el mantenimiento de unas buenas prácticas de fabricación si a lo largo de su recorrido se ve sometido a riesgos que puedan afectar su estabilidad o su correcto funcionamiento o si en el mercado se introducen productos sin los criterios adecuados". 

Otra novedad es la armonización de las Directrices sobre la Vigilancia y Control del Mercado, con la obligación de notificación de efectos adversos graves en caso de que se produzcan.

 

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